LA ARMONIZACIÓN DEL SISTEMA PREVISIONAL FUEGUINO, UN GRAN PASO PARA EVITAR SU TRANSFERENCIA (Octubre 2009)

16.03.2012 17:25

Nos han invitado a dedicarle unas líneas a este asunto, a este tema que en nuestro querido país tuvo su momento culmine, en la década del 90 cuando nacía el régimen de las AFJP, la llamada en forma muy mentirosa "Previsión Privada".   Nos da hasta cierto escozor nombrar los personajes de la política, de la economía y de la Seguridad Social de la época, que idearon para Argentina el impresentable y nefasto "modelo chileno".  Bueno, al compás de ese desatino que fue el régimen de jubilaciones y pensiones, instaurado por la ley 24.241 y su amañada serie de reglamentaciones, es que aparece la fiebre del Ejecutivo Nacional por hacer desaparecer las Cajas de Jubilaciones Provinciales y Municipales y también las de Profesionales.  Con cierta habilidad, los actores de esta trampa presentaron el programa de transferencia y con cierto grado de ingenuidad en los Ejecutivos y Legislativos Provinciales escucharon los cantos de sirenas de quienes eran los mandamases del FMI en ese momento, mas que momento, en esa década.  Fruto de tal conjunción de procederes, se concretaron 14 transferencias de Cajas Provinciales.   ¡¡¡Qué poca prensa han tenido los desastres que ocurrieron en el tratamiento de los beneficiarios de los regímenes que desaparecieron!!!  ¿Derechos adquiridos?  Si nos permiten y ustedes imaginen el gesto que acompaña al dicho: "MINGA!!!!"  Otra que derechos adquiridos, revisión total de los otorgamientos de beneficios y en un sin número de casos hasta vuelta al trabajo por no alcanzar los extremos legales de la norma nacional para alcanzar el beneficio.  Gracias a la transferencia, se vieron obligados a iniciar juicios contra la ANSES y nunca pudieron acceder al reconocimiento de sus legítimos derechos porque en el camino de buscar justicia, se les terminó la vida.  ¡¡¡Bah, desastres!!!  Hasta aquí fue un poquito de historia, de esta historia que les tocó vivir y sufrir a los trabajadores de Provincias hermanas.  Pero el título de esta nota comienza con la palabrita ARMONIZACIÓN, y qué es esto?, o qué quiere decir?  ¿Armonizar qué y con quién?   Le llaman desde el Ejecutivo Nacional; "armonizar", a poner en sintonía, a igualar, a copiar los extremos legales que exige el régimen legal nacional para jubilarse a los regímenes provinciales.   Desde ya que esta no es ni de lejos una propuesta caprichosa, ni intrínsecamente mala, sino que está basada en la idea que al no estar en "armonía" las legislaciones de los estados federales con la de la Nación, se producen vacíos y disfunciones que o perjudican muy marcadamente a los ciudadanos o incomodan las relaciones entre los organismos gestores de ambas jurisdicciones.   Un capítulo IMPORTANTÍSIMO se abriría aquí, si analizáramos las bondades o disfuncionalidades de los regímenes provinciales.  Desde aquí en adelante solo enfocaremos el análisis en nuestra legislación Provincial.   El de nuestra Provincia es un régimen que lleva ya 25 años, (25 veranos, 25 otoños, 25 primaveras..., de los 25 inviernos ni nos hablen, por favor, queremos mantener la calma y hay ciertos temas que nos la quitan).   Digamos que desde el principio nuestra Constitución Provincial en su artículo 51; manda que solo existirá un régimen general de jubilaciones y pensiones y que no existirán regímenes especiales.   Así las cosas se dictaron las primeras normas pero los principales extremos legales no fueron actualizados al compás de un régimen que ha ido madurando.  El bebé de ayer, hoy no podría vestirse con la ropita de antaño.   Hoy la edad para jubilarse no puede ser la misma que hace 25 años, es algo similar a la ropita del bebé.   Los años de aportes al régimen no pueden ser los que en su momento exigían las primeras normas, en esto se ha ido modernizado y se le ha dado cierta razonabilidad.   Regímenes especiales?  Un montonazo y NEFASTOS para la secuencia financiera del régimen.  Determinación del haber?   Un capítulo para intercambiar pareceres desde lo técnico y lo teórico con una singular cantidad de variantes, todas ellas aplicables, claro está, pero algunas con consecuencias mediatas perjudiciales para los futuros beneficiarios aunque buena para los inmediatos beneficiarios.  Entendemos que reformar alguno de los extremos legales hoy vigentes, se hace imprescindible desde el egoísta rinconcito de mantener a nuestro régimen vivo.   Si a esto se lo llama ARMONIZACIÓN queda claro que estamos de acuerdo. Es necesario hacer "crecer" legalmente a nuestro Sistema de Previsión Provincial.  No puede vestirse con la ropita del día de su nacimiento...!!!    Volviendo al tema de los primeros renglones; TRANSFERENCIA de la caja al sistema Nacional. Sepa el lector de entrada y sin ocultaciones:  TRANSFERENCIA  N O!!!  El régimen fueguino es aceptablemente sano y las dolencias que lo aquejan son primero que todo, conocidas y segundo absolutamente subsanables.   No perdamos de vista que es un régimen que lleva ahorrado, según algunas fuentes algo así como 3.000 millones de pesos, de los cuales varios han sido reconocidos por leyes vigentes.  De ser cierto es bueno que quienes los deben y quienes tienen la obligación de cobrarlos, se dediquen de lleno a ello y dejen de quebrantar la ley, lo decimos ya que si se quebranta la ley, se delinque y si se delinque…,    Este sayo, este saco tiene dueño/os/a/as.   ¿Si paramos aquí..., qué quedaría?   Solo un mandato: A  TRABAJAR, ¿quienes?  Legisladores, con las modificaciones; los jueces con los delitos y los funcionarios pagando y otros recaudando.  ¡¡¡VOLVEREMOS!!!                      

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