Señora doña MIRTA FERRARI y MIEMBROS DEL DIRECTORIO DEL IPAUSS NOS LA DEJÓ PICANDO: “ES MUY VIEJO Y PERIMIDO, HABLAR DE DEUDA HISTÓRICA” LA ÚNICA DEUDA ES LA DETERMINADA POR EL MECANISMO DE LA LEY 676 (Julio 2011)

01.06.2012 20:51

            Señora, gracias por las declaraciones periodísticas vertidas sobre “…. La deuda histórica….” y darnos pie para poder dar nuestra opinión sobre un tema tan hipersensible como es el de la deuda con el Régimen Previsional Provincial, por parte de los empleadores obligados a depositar los Aportes retenidos a los trabajadores y las Contribuciones Patronales.

         La obligación viene desde siempre, estimada señora. Podríamos explayarnos desde los tiempos del Territorio, cuando las retenciones se depositaban en la muy vieja Caja Nacional de la Ley 4349. Para que irnos tan lejos? Alcanza con trasladarnos en el tiempo, a una época mucho más cercana. Hasta dejando la Ley Territorial 244. Vea usted. Nos damos la licencia de acercarnos en el tiempo, hasta la segunda sanción de la Ley 676. Si buena señora, leyó usted bien, dijimos la segunda sanción.

            Sería un muy buen ejercicio para refrescar la memoria, ya que descontamos que lo habrá hecho con anterioridad, la lectura de los Diarios de Sesiones de la Legislatura, en las ocasiones en que fue tratada esta ley. De acuerdo a nuestra pirámide jurídica, la forma de adentrarnos en el tema de la deuda con el Régimen Previsional Provincial, es solo a través de la Ley 676.

            Como ya se lo decíamos en la carta anterior que le enviáramos, dicha Ley y solo ella, por voluntad unánime de la Legislatura, es la que determina mes a mes cual es el valor de la deuda. Claro que la deuda a la que se refiere esta ley es la contraída hasta la fecha de su primera sanción, de allí para aquí, si podemos decir que la deuda es nueva. El mecanismo impuesto por la mencionada norma legal, mantiene actualizado el valor de la deuda, de acuerdo a los importes que se abonan segun los escalafones de los trabajadores en actividad. Y esto vale tanto para, porteros, jueces, médicos, docentes, gobernador, ministros, técnicos, administrativos, legisladores, enfermeros, profesionales; es decir “laburantes” a los que se les retiene según los sueldos que perciben.

         Y recordamos aquí, que el Régimen Previsional, no hace otra cosa que copiar la pirámide salarial que le viene dada desde el Sector Activo, no inventa nada.

            Apreciada señora; no se deje “embaucar”, ni permita que se la “aturulle” hablándole o haciéndola hablar de “deuda histórica”. ¿Quiere un TITULAZO para un próximo artículo periodístico? “NO HAY DEUDA HISTÓRICA, LO QUE EXISTE ES QUE HISTORICAMENTE LOS SUCESIVOS GOBIERNOS AUMENTAN LA DEUDA”. Lo que sí es una trágica historia es que ningún gobierno constitucional Provincial, ha dejado de incrementar la deuda. Y cuando decimos TODOS los turnos constitucionales, decimos el 100% de los gobiernos, incluido el actual, han incrementado la deuda, es decir NO HAN PAGADO LO QUE MARCA LA LEY, correspondiente a su propio período, ni han achicado la deuda de turnos anteriores. Y si no se cumple con la ley y los fallos de la Justicia, sino que se las transgreden, se comete delito y quien comete delito en nuestra Provincia, en nuestro país, en el universo y sus alrededores, delinque y quien delinque; debe cargar con el peso de la ley y hasta ahora no solo nadie fue a prisión sino que se siguen postulando con abrumador desparpajo e impunidad.

            Señora, ya no es tiempo de hablar de “los 208 millones de dólares”, o por lo menos solo de ellos, el mecanismo de la Ley 676, ya nos encamina a una cifra superior a los 1000 millones de dólares, de acreencia frente a los empleadores.

            Digna señora, ¿tiene usted presente la sentencia firme que le impone el pago de más de 430 millones de pesos al Gobierno Provincial a favor del Régimen Previsional? Allí solo, usted tiene poco más de 100 millones de dólares. ¿Quién la fuerza a usted, a olvidar la existencia de la Ley 676? Aprovechando que no nos escucha nadie, le hacemos una confidencia. En una charla muy distendida, un reciente ex ministro, nos confesaba, “suerte que son poquísimos los que conocen la historia de la deuda…, así se la puede dibujar según la conveniencia…”!!!!   ¿Usted forma parte de los que “dibujan la deuda, llamándola histórica”; o está de nuestro lado, es decir del lado de los que representa y se juega por cobrarla de acuerdo a la Ley 676?

            El Régimen Previsional Provincial, dispone de un mecanismo inmejorable e históricamente irrepetible, en la Ley 676, para negociar desde el esquema impuesto por ella, plazos aun muy largos pero de una actualización permanente.

            Siguiendo nuestra costumbre fundacional, insistimos en APORTAR ALTERNATIVAS DE SOLUCIÓN, para situaciones concretas. A lo mejor le gusta el esquema; cuán viejo es nuestro Régimen Previsional? Creado en 1985, pronto cumplirá, 26 años. Le regalamos la idea, cuando la haga suya, diga que un par de locos se la propusieron y que no le pareció tan desacertada. Determinemos según el mecanismo de la Ley 676 el valor de la deuda a hoy y propongamos 26 años para pagarla. ¿Le parece bien el mismo tiempo para devolverla que el tomado arbitrariamente para crearla? Mire usted, sin que se enteren los acreedores, podríamos decir que hasta le damos el doble, es decir, 52 años. LA CUOTA SIEMPRE UN PORCENTAJE DE LA MENSUALIDAD PREVISIONAL.

            Les dejamos a ustedes los DIRECTORES DEL IPAUSS, la posibilidad de redactar el texto modificatorio, pero si lo quieren se los podemos mandar en un milisegundo. El esquema de pago deberá seguir siendo un porcentaje de lo abonado cada mes por nuestro Régimen. EN ESTE ASPECTO NO HAY TUTÍA!!! ES ASÍ O ASÍ. LE GUSTE A QUIEN LE GUSTE O LE DISGUSTE A QUIEN LE DISGUSTE. LA CUOTA ES Y SEGUIRÁ SIENDO, UN PORCENTAJE DE LA MENSUALIDAD PREVISIONAL!!!

            El motivo de una postura tan firme…? Señora…, en definitiva lo adeudado son salarios, partecitas de los salarios de todos, T O D O S, los aportantes al Régimen, y la mejor forma de mantenerlos actualizados es referenciarlos con lo que perciben sus colegas jubilados, a los que mes a mes se les actualizan sus haberes con los valores percibidos por los activos.

            En cuanto a la modalidad de pago, podríamos coincidir si se realiza con descuento mensual de la Coparticipación Federal de Impuestos. Esto, ordenándole al Banco de la Nación Argentina, que descuente mensualmente el importe que se le vaya informando para que lo deposite en la cuenta ya abierta en la Sucursal Ushuaia, para las cuotas de la Ley 676.

            Señora, gracias por su tiempo. Como es nuestra costumbre, quedamos a la espera de poder concertar un ámbito de diálogo constructivo. Nuestra disposición es constante, ojala se crucen nuestros caminos con los suyos. Sinceramente lo esperamos. No queremos pasar por guarangos; se ¿mejoró definitivamente ese familiar que la retuvo en esta ciudad por más de un mes? Coincidirá en que son estas circunstancias las que nos hacen valorar como bien supremo, a la salud. Verdadera lástima, que no se haya contactado con nosotros durante ese largo período, tal vez se lo hayan impedido los avatares de las deficiencias en la cobertura médico institucional y farmacéutica que todos sufrimos a diario en capital federal ¿o usted no los sufrió? Si así fuera en buena hora para usted y no tan buena para quienes nos sentiríamos una vez más discriminados. Con respeto un saludo cordial.

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